Acta Constitutiva 26 de Mayo de 1961
Constituvive Act May 26th. 1961



 

          En la CUIDAD DE Mexico, a los veintiseis dias del mes de Mayo de mil novecientos sesenta y uno, yo, el licenciado Fernando G. Arce, notario numero ochenta y nueve del Districto Federal ago constar que ante mi comparecio el señor Juan Hernandez GOMEZ y dijo:--

          -- Que solicita del suscrito Notario la  PROTOCOLIZACION del ACTA CONSTITUTIVA y de los ESTATUS del CLUB DE RADIO EXPERIMENTADORES DE TULANCINGO, ASOCIACION  CIVIL (CRET), a cuyo efecto me exhibe, doy fe tener a la vista y dejo agregados al apendice de esta escritura con las letras A, B, C, respectivamente, los siguientes documentos:

 

a).- ACTA CONSTITUTIVA DE LA ASOCIACION, celebrada en el dia trece de enero de mil novecientos sesenta, que a la letra es de este tenor: En la cuidad de Tulancingo, Hgo. Siendo las 21.30 hs. Del dia trece de enero de mil novecientos sesenta, en la casa situada en la calle de Cuauhtemoc numero ciento dos norte; se llevo a cabo una reunion con objeto de constituir el CLUB DE RADIO EXPERIMENTADORES DE TULANCINGO, con la asistencia de las siguientes personas: - Mayor Rogelio Barroso Garcia en representacion del comandante del treceavo Regimento Coronel Juan Guerrero Paez, Dr. Ernesto Murrieta Carsi representando al C. Presidente Municipal Sr. Dn. Roberto Tello O. Sr. Esteban Santillan Soberanes Jefe de la Of. De Correos, Sr. Mario Barella Parserisa Administrador de Telefonos de Mexico, S.A. Sr. Alfonso Arroyo Interventor de la Secretaria de Comuni cacion, Otto Alvarez.Secretario de actas: Sr. Antonio Ramirez H.Tesorero: Dr. Ernesto Murrieta Carsi.Asesor Tecnico: Sr. Lauro Flores Gomez.Asesor Juridico: Dr. Rafael Lamothe.Vocales:-- Sr. Juan Perez Alvarez y Primitivo Hernandez Vera.Inmediatamente el C. Mayor Rogelio Barroso toma la protesta de rigor a los electos y que fungiran como primera directativa de este Club.Se consideran las siguientes inscripciones: Sr. Lauro Flores Gomez, Juan Hernandez Gomez, Gonzalo Monter Carpio, Alfredo Scotto, Dr. Rafael Lamothe, Antonio Ramirez H., Primitivo Hernandez Vera, Juan Perez A., Zeferino Flores G., Abel Abrego, Eduardo Calva, Dr. Ernesto Murrieta C. Prof. Aurelio Jimenez, Sr. Emilio Ahued Jr., Arturo Mendez, Rafael Gutierrez Peña, Angel Terrazas, Mayor Rogelio Barroso, Hermenegildo Chavez Ruiz, Jaime Lamothe, Ernesto Otto Alvarez, Carlos Flores y J. Joaquin Bravo.La asemblea acuerda que se celebre  la primera session el dia 18 de enero alas 21.00 hs. En el miso local, prestado gentilmente por los señores Flores Gomez. Se termina la session siendo las 23.30 hs. Despues de esto la concurrencia brinda por el exito de la nueva institucion y saborea un sabroso piscolabis.- SECRETARIO GENERAL.Ernesto Otto Alvarez.SECRETARIO DE ACTAS. Antonio Ramirez H.RUBRICAS.

 

 

b).ESTATUTOS QUE RIGE A LA ASOCIACION, que son de este tenor:

 

    Art. 1.-Se constituye el CRET CLUB DE RADIO EXPERIMENTADORES DE TULANCINGO, A.C. de character no commercial. Su mesa directiva estara formada exclusivamente por aficionados o sea por personas cuyas actividades en la ciencia de las comunicaciones inalambricadas sean resultado de su aficion y por consiguiente no percibiran ninguna retribucion.

     Las finalidades del CRET son las siguientes:

 

    a).- La finalidad principal del club sera la de agrupar a los radio-experimentadores que radiquen en tulancingo y sus alrededores.

 

    b).- Coordinar  los trabajos y experimentos de los radio aficionados en forma  que redunden en beneficio de la colectividad.

 

    c).- Representar a la radioaficion ante la L.M.R.E.

 

 

    Art. 2. A fin de orientar los trabajos y experimentos de los radio-aficionados, el CRET normara sus actividades de acuerdo con las leyes y reglamentos en vigor y dichas actividades  seran ajenas a asuntos politicos y religiosos.

 

 

    Art.3.- El CRET estara constituido por los radio-aficionados que radiquen en Tulancingo y sus alrededores.

 

 

    Art.4.-El CRET estara gobernado por una mesa directiva que dirigira las actividades de los asociados y la marcha interna del Club.

 

 

    Art.5.-Se nombrara un vocal que representara al CRET ante la LMRE y este vocal debera radicar en la cuidad de Mexico.

 

 

    Art.6.-El CRET Habra las siguientes categories de Socios: Fundadores, Activos y Honorarios.

 

    a)-Se consideran Socios Fundadores a los que firmen el Acta Constitutiva del CRET y pertenezcan al mismo, el año de su constitucion.

 

    b)Del Activo: Socios de Nuevo ingreso y fundadores al corriente de sus pagos y obligaciones que instituyen los estatos.

 

    c) De los Honorarios Las personas que a juicio de la Asemblea lo determine, exentos de pago, con derecho a voz, pero sin voto, siendo su nombramiento por un año pero pudiendose refrendar su calidad de honorario.

 

 

    Art.7.-Para ser miembro del CRET se require:

 

    a) Ser residente de Tulancingo o de algun pueblo circunvecino.

 

    b) Tener simpatias por la radioexperimentacion.

 

    c) Entregar una solicitud a la directiva del Club, apoyada por dos miembros titulares del mismo.

 

    d) Manifestar su conformididad con los estatatutos del mismo y su protesta de cumplirlos.

 

 

    Art.8.- Son obligaciones y derechos de los socios que comprenden los incisos A y B del Art. 6:

 

    a) Demostrar interes por las actividades del CRET y colaborar en la obra constructiva de este.

 

    b) Prestar su ayuda a los principiantes impartiendoles sus conocimientos sobre la radioexperimentacion y ponerlos en contacto con los demas radioaficionados.

 

    c) Cubrir puntualmente sus cuotas y asistir a las Asembleas.

 

    d) Cumplir las comisiones que la mesa directiva les confiera.

 

    e) Tener voz y voto en las Asembleas y derecho a ser electo para integrar la directiva.

 

 

    Art.9.- Un socio dejara de pertenecer al CRET por:

 

    a) Por faltas a la moral y las buenas costumbres.

 

    b) Por no acatar los estatutos y acuerdos del CRET.

 

    c) Por no hacer honor en sus comunicaciones por radio al principio de etica, que debe regir primordialmente las actividades de todo radioaficionado.

 

    d). Por falta de pago de cuotas considerandose 3 meses consecutivos como maximo, la mesa Directiva queda facultada para fungir como consejo de Honor para juzgar de la culpabilidad o inculpabilidad de cualquier socio.

 

 

    Art.10.-Las funciones de la Mesa Directiva son las siguientes:

 

    a) El Presidente velara por la Buena marcha de la Asociacion: la representara en todas sus actividades que deben estar de acuerdo con la finalidad de la misma. Anualmente rendira un informe acerca de las actividades desarrolladas en el ejercicio annual anterior.

 

    b) El Vice Presidente  sustituira al Presidente en sus faltas temporales o en su ausencia definitiva hasta completar el periodo de este, se encargara de la campaña anual de nuevos socios y tendra a su cargo en cooperacion con la Liga la organizacion de las convenciones anuales.

 

    c) El Secretario General tendra a su cargo la correspondencia del CRET, la inscripcion de socios y la tramitacion de permisos oficiales que sean solicitados por conducto de la Asociacion. Tendra a su cuidado y responsabilidad los archivos de la misma.

 

    d) El Secretario de actas tendra a su cargo el Libro de actas y la estadistica de socios. Sera el encargado de la entrega de credenciales y diplomas a los socios.

 

    e) El tesorero tendra a su cargo los fondos del CRET. Llevara la contabilidaddel mismo presentara mensualmente un forme de tesoreria.

 

    f) Los vocals seran los representantes autorizados de los socios y su principal funcion es la de informar a sus representados sobre los acuerdos tomados en asembleas de directivas y generales; los vocales deberan constituir la junta electoral y realizar las elecciones de mesa directiva del CRET.

 

 

     Art.11.- La  mesa directiva sera designada por votacion escrita cada año y tendra derecho a votar los miembros fundadores y activos que esten al corriente del pago de sus cuotas.

 

 

     Art.12.- El CRET se afilara a la L.M.R.E a cuyo efecto hara inscriber a todos sus miembros dicha asociasion.

 

 

    Art.13.- Todas las disposiciones y acuerdos que escapan a estos estatutos y que sean una consecuencia de la marcha del CRET seran dictados por la mesa directiva, en acuerdos mayoritarios.-Tulancingo Hgo. a 13 de Enero de 1960.-Presidente.-Juan Hernandez G.- Vice-Presidente.-Zeferino Flores G.- Tesorero.-Dr. Ernesto Murrieta C.- Secretario de Actas. Antonio Ramirez.- ler. Vocal Primitivo Hernandez V.- 2do. Vocal.- Juan Perez Alvarez.- RUBRICAS

 

 

c).- PERMISO NUMERO DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA OTORGADO POR LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES PARA LA CONSTRUCCION DE LA ASOCIACION, que en seguida transcribo: Al margen superior izquierdo un sello con el Escudo Nacional que dice: Poder Ejecutivo Federal.- Estados Unidos Mexicanos.-Mexico, D.F.- Secretaria de Relaciones Exteriores.- DIREC. GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS.- SEC. PERMISOS.- ART.27.-Num.. 2250.- Exp: 231801.- Dos timbres con valor de un peso cada uno debidamente cancelados y perforados.- AL CENTRO: LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES EN ATENCION a que el señor Juan Hernandez Gomez, en escrito fechado el 10 del actual solicita permiso de esta Secretaria para constituir en union de otras personas una Asociacion Civil, de acuerdo con el Codigo Civil, bajo la denominacion: CLUB DE RADIO EXPERIMENTADORES DE TULANCINGO, A.C., con el siguiente objeto:

 

    a) Agrupar a los radio experimentadore que radiquen en Tulancingo y sus alrededores;

 

    b) Coordinar los trabajos y experimentos de los radio aficionados en forma que redunden en beneficio de la colectividad;

 

    c) Representar a la radio aficion ante la Liga Mexicana de radio Experimentadores A.C.;

 

    d) La ejecucion de todos los actos y la celebracion de todos los contratos relacionados con los objetos anteriores con capital de :- y para insertar en la escritura constitutiva de la asociacion la siguiente clausa especificada en el articulo 2º. Del Reglamento de la Ley Organica de la Fraccion I del Articulo 27 Constitucional, por medio de la cual se conviene con el Gobierno Mexicano, ante la Secretaria de Relaciones Exteriores, por los socios fundadores y los futuros que la asociacion pudiera tener, en que: Todo extranjero que en el acto de la constitucion o en cualquier tiempo ulterior, adquiera un interes o participacion social en la socieda, se considerara por ese simple hecho como mexicano respecto de uno y otra, y se entendera que conviene en no invocar la proteccion de su Gobierno, bajo la pena, en caso de faltar a su convenio, de perder dicho interes o participacion en beneficio de la Nacion Mexicana. C O N C E D E al solicitante permiso para constituir la asociacion y para que la escritura constitutiva contenga la clausa mencionada con las salvedades y restricciones establecidas por los articulos 1º. Y 3º. De la mencionada Ley Organica de la Fraccion I del Articulo 27 Constitucional, 7º. De su citado Reglamento, Articulo 1º. Y 3º. Fraccion II, 5º. 6º. Y 7º. Del Decreto de 29 de junio de 1944, publicado en el Diario Oficial de 7 de julio del mismo año; y articulo 6º.  del de 1o. De octubre de 1945: en la inteligencia de que el texto integro de este permiso se insertara en el acta notarial constitutiva de la asociacion en cada caso de establecimiento o adquisicion de negociaciones,empresas o de acciones y participaciones en otras sociedades asi como de bienes raices y concesiones, debera solicitarse de esta Secretaria el previo permiso correspondiente, el uso de este documento implica la aceptacion incondicional de sus terminos,ara de surtir efecto alguno si no se hace uso del mismo, dentro de los noventa dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion.- Mexico, D.F.,- a trece de febrero de mil novecientos sesenta y uno.- SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCION.- P.O DEL SECRETARIO.- EL DIRECTOR GENERAL.- Lic. Alfonso de Rosenzweig Diaz Jr.- RUBRICA.

 

    Manifiesta el otorgante que de conformidad con el permiso otorgado por la Secretaria de Relaciones Exteriores acabado de transcribir, quedan adicionados los Estatutos con la siguiente clausula: Todo extranjero que en el acto de la constitucion o en cualquier tiempo ulterior adquerida un interes o participacion social en la sociedad, se considerara por esesimple hecho como mexicano respecto de uno y otra y se entendera que conviene en no invocar la proteccion de su Gobierno, bajo la pena, en caso de faltar a su convenio, de perder dicho interes o participacion en beneficio de la Nacion Mexicana.

 

    YO, EL NOTARIO, DOY FE I. De que lo inserto concuerda con sus originales, a que me remito; II. De conocer al compareciente, quien tiene capacidad legal; III.- De que por sus generales, el mismo otorgante declaro ser mexicano por nacimiento originario de Tulancingo, Hidalgo,de cuarenta y tres anos de edad, casado, comerciante, vecino de la cuidad de Tulancingo, Estado de Hidalgo, donde tiene su domicilio en Portal C. Uribe numero ciento diecinueve B, agregando que se encuentra al corriente en el pago del Impuesto sobre la Renta, sin haberlo justificado; IV.- De que habiendo leido al mismo otorgante esta escritura y explicandole su valor y consecuencias legales, estuvo conforme con ella firmandola para constancia ante el suscrito Notario el dia seis de junio siguiente.

     J.HDNEZ. GRubrica.

    Ante mi F.G. ARCE.- Rubrica.- Sello; Lic. Fernando G. Arce.- Notario No.89.-Cuidad de Mexico.- Estados Unidos Mexicanos.

      A U T O R I Z O  esta escritura en la cuidad de Mexico, hoy ocho de junio de mil novecientos sesenta y uno.F.G. ARCE.-Rubrica.-Sello: Lic. Fernando G. Arce.- Notario No.89.-Cuidad de Mexico.- Estados Unidos Mexicanos.

    DERECHOS DEVENGADOS:- Docientos pesos.Rubrica.

                                       N O T A S   M A R G I N A L E S

    NOTA PRIMERA.- Mexico, ocho de junio del mil novecientos sesenta y uno. Con esta fecha queda agregada al apendice de este protocolo bajo el numero de esta acta y letra D la respectiva Nota del Timbre. Doy fe.. F.G. ARCE.- Rubrica.-

 

INSERCION DE LA NOTA DEL TIMBRE

     Notaria No. 89.- Lic. Fernando G. Arce.- Mexico, D.F.- Reforma No. 76-104.- Mexico, D.F., Junio 7 de 1961. Se extendio ante mi la escritura No. 9,967 fecha 26 de Mayo de 1961 constante en el libro 167 pagina 137 en la que se contiene: PRTOCOLIZACION del acta constitutiva y estatutos de Club de Radio Experimentadores de Tulancingo,A.C.,sin capital determinado.- CAUSA SEGUN LA LEY GRAL. DEL TIMBRE, Art. 4/0. Frac. XXIV Inc.

 

    (C) CUOTA FIJA DE $15.00 ( QUINCE PESOS 00/100) Lic.Fernando G. Arce. Notario Numero 89. Firmado.- El sello de autorizar.- No. 5663.- EL JEFE DE LA OFICINA FEDERAL DE HACIENDA NUMERO OCHO CERTIFICADA que se ha pagado $15.00 ( QUINCE PESOS 00/1000) conforme a la liquidacion que antecede formada bajo la responsabilidad del notario que la suscribe.-Mexico, D.F. 8 de Junio de 1961. El Jefe de la Oficina. Lic. Jose Antonio Murguia R.- M-u-3374.- Firmado.- El sello de la oficina.- Una firma ilegible. Sello de la maquina registradora: JUN-8-61 561203 M 91 COT IX 15.00.-

 

    PRIMER TESTIMONIO QUE SE SACA DE SU ORIGINAL Y SE EXPIDE PARA EL CLUB- DE RADIO EXPERIMENTADORES DE TULANCINGO, ASOCIASION CIVIL, COMO CONSTANCIA DEBIDAMENTE COTEJADO Y CORREGIDO EN SEIS FOJAS CON LOS TIMBRES DE LEY. APORTANDO SUS DERECHOS: CATORCE PESOS. DOY FE. MEXIO, DISTRICTO FEDERAL A NUEVE DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO.

 

 

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