
NORMA Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-086-SCT1-1994,
Estaciones del servicio de aficionados
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
NORMA
Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-086-SCT1-1994, Estaciones del servicio
de aficionados
15 de diciembre de 1994
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- Subsecretaría de Comunicaciones y Desarrollo Tecnológico.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto de la Subsecretaría de Comunicaciones y Desarrollo Tecnológico, con fundamento en los artículos 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 38 fracción II, 40 fracción XVI y 48 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 6o. fracción XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, expide la siguiente: NORMA OFICIAL MEXICANA EMERGENTE NOM-EM-086-SCT1-1994 "ESTACIONES DEL SERVICIO DE AFICIONADOS".
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 11 de noviembre de 1994.- El Subsecretario de Comunicaciones
y Desarrollo Tecnológico, Andrés Massieu Berlanga.- Rúbrica.
Prefacio
La institución que elaboró esta Norma fue: Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Índice
Introducción
1
Objetivo y campo de aplicación.
1 Objetivo
1.2 Campo de aplicación
3.1 Símbolos
3.2 Abreviaturas
5. Especificaciones técnicas normativas
5.1 Distribución de bandas de frecuencias, tipos de emisiones y asignación de canales
5.1.1 Cuadro de distribución de bandas de frecuencias para el servicio de aficionados
5.1.2 Tabla de tipos de emisión y potencia, utilizados en la transmisión/recepción
5.1.3 Tabla de distribución de canales para estaciones repetidoras del servicio de aficionados
5.2 Parámetros técnicos normalizados aplicables a los equipos de radiocomunicación utilizados en estaciones fijas de aficionado
5.2.1 Valores y tolerancias mínimas MF y HF (300 kHz a 30 MHz)
5.2.2 Valores y tolerancias mínimas VHF (30 a 300 MHz)
5.2.3 Valores y tolerancias mínimas UHF (300 a 3000 MHz)
5.2.4 Valores y tolerancias mínimas SHF (3 a 30 GHz)
5.2.5 Equipos de radiocomunicación utilizados en estaciones móviles de aficionado
5.2.6 Valores y tolerancias mínimas MF y HF (300 kHz a 30 MHz)
5.2.7 Valores y tolerancias mínimas VHF (30 a 300 MHz)
5.2.8 Valores y tolerancias mínimas UHF (300 a 3000 MHz)
5.2.9 Valores y tolerancias mínimas SHF (3 a 30 GHz)
5.2.10 Valores y tolerancias mínimas para transmisores de baja potencia
5.3 Líneas de transmisión, dispositivos de acoplamiento y sistemas radiadores o antenas en estaciones fijas, móviles y repetidores
5.3.1 Líneas de transmisión
5.3.2 Dispositivos de acoplamiento
5.3.3 Sistemas radiadores o antenas
5.4 Señalización de obstáculos para la protección a la navegación aérea
5.5 Parámetros y equipo mínimo de medición con que debe contar una estación fija, móvil y repetidora
5.5.1 Parámetros a medir
5.5.2 Equipo de medición
5.6 Ubicación de la estación radioeléctrica y sistema radiador transmisión-recepción
5.7 Ubicación del sistema transmisión/recepción del equipo móvil portátil para el servicio de aficionado
6.1 Medición de potencia
6.2 Medición de estabilidad de frecuencia
6.2.1 Medición de frecuencia media de prueba
6.2.2 Medición de estabilidad de frecuencia
6.3 Medición de capacidad de modulación
6.4 Medición de área de cubrimiento de repetidores automáticos
6.5 Medición de impedancia de sistema transmisión/recepción
6.6 Medición de emisiones no esenciales
Concordancia
con normas internacionales
Apéndices
informativos
Procedimiento para predicción de
áreas de cubrimiento, de estaciones repetidoras de aficionados
Bibliografía
Observancia
de las normas
|
||||||
|
||||||
WebMaster XE3RN Ing. Javier Gómez Villalpando Tel. cel. 993-1-30-75-79 |
|
Todos los
Derechos Reservados © 2004 Javier Gómez Villalpando. A.P. 158 C.P.
86000 |