BIENVENIDOS AL SITIO WEB DEL

RADIO CLUB SANTA FE 

CONVENIOS
Principal Comentarios Buscar Licencias Asociate

Arriba

    

Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología 

Instituto Nacional de Educación Tecnológica

   CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN CIENCIA Y TECNOLOGÍA Y LA UNIÓN ARGENTINA DE RADIO CLUBES

 

 

Entre el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, representado por su Director Ejecutivo, Sr. Horacio Galli, con domicilio legal en la Av. Independencia 2625 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante el INET, y LA UNIÓN ARGENTINA DE RADIO CLUBES, representada por el Presidente cargo del RADIO CLUB AVELLANEDA, Señor Carlos Emilio Zárate, con domicilio legal en la Av. Belgrano 536 de la ciudad de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, en adelante la U.A.R.C y con el fin de promover el desarrollo de acciones de Formación Profesional se celebra el presente Convenio Marco de Cooperación, el cual se regirá bajo las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El INET y la U.A.R.C llevarán a cabo actividades de cooperación institucional y de asistencia técnica para el desarrollo e implementación de programas, proyectos y/o acciones vinculados con la Formación Profesional de radioaficionados.

SEGUNDA: Las acciones, proyectos y actividades a realizar conjuntamente entre el INET y LA U.A.R.C se precisarán en protocolos adicionales al presente Convenio.

TERCERA:  El INET y la U.A.R.C se comprometen a llevar adelante las mencionadas acciones, programas y proyectos a través de sus equipos técnicos y de los referentes sectoriales que para el cumplimiento de los mismos se demanden. Asimismo el INET pone a disposición el Centro Nacional de Educación Tecnológica, para el desarrollo de acciones de capacitación vinculadas con los programas y proyectos emanados del presente Convenio.

CUARTA: EL INET y la U.A.R.C se comprometen a conformar una Comisión      Técnica, a fin de garantizar la implementación de las acciones que se emprendan en el marco de¡ presente convenio y sus protocolos adicionales.

QUINTA: La Comisión Técnica estará conformada por dos (2) representantes de la U.A.R.C y dos (2) representantes M INET. La misma propondrá la suscripción de protocolos adicionales en el marco de¡ presente convenio, especificando las acciones a desarrollar, denominación, objetivos, tareas, plazos y obligaciones de cada una de las partes. Asimismo, esta Comisión elaborará informes de avance bimensuales, o en su caso, conforme al cronograma de trabajo acordado en cada protocolo adicional.

SEXTA:  El INET se reserva la facultad de supervisar, acordar modificaciones y brindar la aprobación definitiva a los proyectos y/o acciones que se desarrollen en el marco del presente convenio o de sus protocolos adicionales, y que merezcan convertirse en experiencias innovadoras y generalizadas.

SÉPTIMA: El presente convenio tendrá una vigencia de DOS (2) años, a partir del día de la fecha y se renovará automática mente por periodos iguales. Asimismo podrá ser resuelto por cualquiera de las partes, sin expresión de causa, previa notificación a la otra, con una antelación mínima de TREINTA  (30) días 

OCTAVA: Para todos ¡os efectos legales y judiciales, las partes constituyen domicilios en los indicados precedentemente.

En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Buenos Aires, a los 2 días del mes de diciembre de 2002.- 

 
Enviar correo electrónico a lu6fxt@arnet.com.ar con preguntas o comentarios sobre este sitio Web.
Copyright © 2002 Radio Club Santa Fe
Última modificación: 21 de Enero de 2003