CAPITULO XIII

EXCEPCIONES

ARTICULO 113º.- Serán eximidos únicamente de rendir el examen teórico para su ascenso a categoría NOVICIO, los aspirantes comprendidos en los puntos detallados seguidamente:

a) Egresados del Instituto Superior de Enseñanza de Radiodifusión (ISER), con el título de Operador de Planta Transmisora.

b) Ingenieros en la especialidad de Telecomunicaciones o Electrónica, con título otorgado por los Establecimientos de nivel universitario, nacionales o privados reconocidos.

c) Personal egresado de Institutos de enseñanza superior de las Fuerzas Armadas y/o Seguridad, con el título de Ingenieros en Electrónica, Telecomunicaciones, Sistemas de Armas Electrónicas, o disciplinas acordes relacionadas con las Telecomunicaciones.

d) Técnicos en la especialidad de Telecomunicaciones ó Electrónica, egresados de Establecimientos de nivel secundario, nacionales, provinciales ó privados reconocidos.

e) Egresados de Institutos de formación de las Fuerzas Armadas y/o Seguridad y/o Servicios Penitenciarios, pertenecientes a la especialidad de Comunicaciones.

En el caso de las excepciones previstas en el presente Artículo, el interesado rendirá el examen correspondiente a reglamentación y TELEGRAFÍA. Las preguntas del examen de reglamentación serán sorteadas al azar, del mismo banco de preguntas y con las mismas condiciones de selección de preguntas y aprobación, que para el resto de los aspirantes.